En regiones como Andalucía, Asturias, Valencia, ciudades como Ceuta y Melilla y ahora Castilla y León, los musulmanes podrán enterrar a sus víctimas en cementerios cristianos.
El rito funerario musulmán establece que los fallecidos deben ser envueltos con un sudario y enterrados en contacto directo con la tierra, sepultados sin ataúd y sin esperar 24 horas después de su muerte.
Castilla y León se ha sumado a la modificación del decreto 16/2005, que regula la política sanitaria de la comunidad: «Por razones de confesionalidad las inhumaciones podrán efectuarse directamente en tierra siempre y cuando se cumplan las condiciones que determine la Dirección General competente en materia de policía sanitaria mortuoria«.
La legislación mortuoria está transferida desde el Estado a las autonomías y es por ello por lo que en algunas comunidades autónomas están comenzando a modificarlas para satisfacer a los musulmanes.
Además, los musulmanes tendrán parcelas reservadas para «los enterramientos islámicos en los cementerios municipales, así como el derecho a poseer cementerios islámicos propios. Se adoptarán las medidas oportunas para la observancia de las reglas tradicionales islámicas», entre las que destaca la colocación del cadáver en la tumba inclinado sobre el costado derecho y con la cara mirando hacia La Meca.
Donde dice: «los musulmanes podrán enterrar a sus víctimas en cementerios cristianos», supongo que se refiere que tan solo afecta a los que sean víctimas de algún accidente de tráfico o similar, de algún atentado. Los que mueran de muerte natural, no podran ser enterrados en cementerios cristianos.